Los drones y las vacaciones!
El tema es muuuy amplio, en esta ocasión voy a comentar mi experiencia y también compartir con ustedes la información que encontré al respecto. Los temas puntuales son viajar con el drone y cuál es la legislación sobre pilotear drones, y para ser sincero encontré muchos grises en las dos cosas.
Preparativos para volar el drone en Salinas Grande, Jujuy.!
En mi caso tengo un DJI Spark es un drone chico pero poderoso, muy buena estabilidad en el vuelo y la experiencia de manejo es sensacional, tuve la oportunidad de volarlo a más de 100m de altura y el control es perfecto, filma en Full HD 1080p y se pueden sacar fotos de 12Mp. Pero lo que quiero contar es que al ser de un tamaño chico y no ser un drone profesional de más de 20Kg (que los hay) este es más fácil transportar. Otra cosa además del tamaño que puede ocasionar inconvenientes es la cantidad de baterías que lleves, en mi caso llevo 3. El tema de las baterías también lo controlan en las aerolíneas, hay un tope de potencia (Wh) que podes subir por pasajero. Volé a Salta Capital desde Buenos Aires con la aerolínea Norwegian y antes del viaje busque info sobre el tema, te recomiendo que además de todo lo que leas en este post averigües particularmente la política de la aerolínea que vas a viajar, porque pueden variar las reglas según la aerolínea o el lugar donde vueles.
Lo primero y más importante, es que el drone se encuentre siempre protegido en una caja, bolsa o mochila para el transporte específica. Es cierto que las que venden las propias compañías que comercializan los drones y están preparadas para un drone en concreto pueden resultar caras, pero se les saca un enorme partido, ya que al ser una tecnología tan delicada y costosa aporta mucha tranquilidad y versatilidad el poder transportarlo con seguridad y saber que no va a sufrir daños en el proceso.
En mi caso lo llevo en una mochila común pero el drone va adentro del empaque que viene original de fábrica ya que es rígido. No es obligatorio que el transporte se realice en las bolsas o mochilas del fabricante, puesto que hay soluciones con un precio más ajustado que pueden cumplir el propósito de transportar y proteger la aeronave a la perfección.
Transporte de drones en avión:
En un avión, siempre que se encuentre protegido adecuadamente, podemos llevar un drone sin problema por parte de las autoridades portuarias. Sencillamente, debemos cumplir siempre los siguientes requisitos:
El drone irá siempre en el equipaje de mano (recuerda, por tanto, consultar la normativa en cuanto a dimensiones de equipaje de mano pertinente en la página web de la compañía en la que vayas a volar).
Las baterías LiPo de los drones son consideradas como mercancía peligrosa por su fragilidad y alto poder de combustión, por lo que, de nuevo, tienen que ir siempre con nosotros en el equipaje de mano. Además, tienen que ir cargadas a menos del 30% de su capacidad (no es obligatorio en Norwegian) y separadas físicamente entre sí, envueltas o en la bolsa de transporte del drone si tienen compartimentos separados. El máximo de potencia en la mayoría de compañías aéreas es de 100Wh sin pedir autorización expresa, y de 160Wh pidiendo autorización. Además, deben estar protegidas de una activación accidental, y no se pueden llevar baterías dañadas. De nuevo recomendamos consultar esto con cada compañía y su normativa específica al respecto.
Es mejor ser precavido y consultar a cada compañía aérea en la que vayamos a viajar con el drone. Es una tecnología que mal utilizada puede resultar peligrosa y existe mucho desconocimiento, es mejor que nos rechacen por correo electrónico que arriesgarnos a no poder embarcar con nuestro drone, y más en este momento de cambios de legislación en el que nos encontramos.
La pequeña bestia (DJI Spark) volando en Salinas Grandes, Jujuy.
Uso de drones en la Argentina:
Pese a que aparenta ser un dispositivo de uso recreativo, su utilización está sujeta a dos disposiciones legales con una amplia variedad de restricciones. Todos los detalles de la información que fui encontrando esta en este artículo.
Argentina estableció dos regulaciones en 2015 para tratar de controlar el uso de los drones en el espacio aéreo y el posible provecho que se pueda sacar de ellos, en especial en materia de video y fotografías.
Así, se implementaron dos normativas. La primera se estableció el 20 de mayo del 2015 y es la Disposición 20/2015 de la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales (DNPDP) y aprueba "las condiciones de licitud para la recolección de datos a través de VANT (Vehículos aéreos no tripulados) o drones" y "las recomendaciones relativas a la privacidad en el uso de VANT o drones". Es decir, regula todo lo referido al derecho de privacidad de los individuos y los límites en los propósitos de los usos de los drones.
Las disposiciones regulan la invasión a la privacidad de terceros y el control y registro de los drones.
Por el otro lado, existe la llamada Resolución 527/2015 instaurada por la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), del 10 de julio de 2015. En ella se aprueba el llamado "Reglamento provisional de VANT", que reglamenta justamente todo lo referido a seguridad aérea, permisos y registros de los vehículos.
Defender la privacidad
"Los drones que poseen cámaras están obteniendo datos personales todo el tiempo. Se registran imágenes, localización, audio, de todo. Y esos datos de terceros están resguardados por la ley 25.326, que es la de protección de datos personales, sancionada en el año 2000".
La Disposición 20/2015 establecida por la DNPDP regula esencialmente los límites de los drones a la hora de vulnerar la privacidad de cualquier persona. El uso de los drones puede tener tres variantes: uso comercial, uso científico y uso recreativo. Uno de los principales objetivos de la disposición está enfocado en el consentimiento previo que deben otorgar quienes aparecen en el material registrado por el VANT.
El uso de los drones puede ser comercial, científico o recreativo.
En la mayoría de los casos y por más que suene extraño, es necesario el consentimiento de quien aparezca en imagen para poder utilizar ese material. Las únicas excepciones contemplan imágenes recabadas en actos públicos, en un evento privado (casamientos, fiestas, etc.), cuando la recolección sea realizada por el Estado Nacional en el ejercicio de sus funciones, o cuando las imágenes se recolecten para la atención a personas en situaciones de emergencia.
En el caso de fines científicos, no existen demasiadas limitaciones. En caso de que en la recolección de imágenes de personas no pueda ser evitada, se deberá aplicar sobre esos datos la llamada "técnica de disociación definitiva".
Para el uso recreativo, quizá el más popular de todos, no se aplicará esa reglamentación siempre y cuando que se compruebe que la finalidad no es recolectar imágenes de terceros.
El registro y control del drone
Además del aspecto relacionado a la recolección y la privacidad de datos personales, también existe toda una legislación respecto al control aéreo y al registro de los VANT.
La ANAC es la autoridad aeronáutica responsable de regular y fiscalizar a los drones en la Argentina.
En un principio, la ANAC separó los dispositivos en tres categorías: pequeños (de hasta 10kg. de peso vacío), medianos (entre 10 y 150 kg.) y grandes (más de 150 kg.)
A excepciones de los drones pequeños y de uso recreativo, los vehículos más grandes tienen que estar autorizados por la ANAC para poder volar en suelo argentino.
Dentro de las prohibiciones de circulación se contemplan los espacios aéreos controlados, áreas sensibles al ruido, zonas aledañas a la senda de aproximación o despegue de un aeródromo o zonas que se hayan calificado como restringidas o prohibidas (bases militares, etc.). Además, ningún drone podrá volar por encima de los 122 metros sobre el nivel de la superficie.
También existen algunos artículos que rozan la irrealidad. Una de las exigencias de la ANAC es que aquel conductor del drone debe tener contacto visual con el dispositivo durante todo su vuelo. En caso de que el drone lastime a un tercero o genere daños en un lugar, aquel que lo conduce será el responsable.
Además, los propietarios u operadores de los drones están obligados a contratar un seguro de responsabilidad, por los daños que se puedan ocasionar a terceros.
El último artículo controversial de la ANAC es el 16, que prohíbe terminantemente el vuelo de drones durante la noche. Solo está permitida la operación en horario diurno y bajo condiciones climáticas seguras.
En tanto, todo conductor que registre su vehículo deberá superar una serie de pruebas psicofísicas que lo demuestren apto para el manejo de los dispositivos.
Las sanciones
Por el momento, la mayoría de las sanciones por el mal uso de los drones son civiles y administrativas. Por lo tanto, los castigos suelen repartirse entre apercibimientos, multas económicas, o cancelaciones de uso de datos o permisos.
Por el momento, los drones no dejan de ser una novedad en la cultura moderna argentina. Por eso, las dos disposiciones quedaron sujetas a diversas modificaciones que surgirán a lo largo del tiempo. Al tratarse de un fenómeno relacionado a la tecnología, las leyes siempre corren un gran riesgo de quedar obsoletas.
Como mencione anteriormente el tema “drones” está lleno de “grises” por todos lados, así que lo que hago es no volar en ciudad o zonas concurridas o parques nacionales. También podemos preguntar a alguna autoridad en el lugar (policía, cuidador, etc.) que se encuentre dónde estamos por volar. Ya que hay tantos grises a veces depende de cómo interprete cada persona lo que es volar un drone para hacer algunas fotos…
Una última recomendación, si es solo para diversión y para las vacaciones te recomiendo el DJI Spark o el DJI Mavic ya que son drones de excelente calidad y por su peso y tamaño no vas a tener problemas serios con transportarlos y/o pilotearlos.
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